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En este sitio web recopilamos ciertos datos personales de los encuestados con el fin de asegurar la calidad del proceso.

El primer grupo de datos apunta al perfilamiento del encuestado, al solicitar su nacionalidad, rango etario, región de residencia y género. De manera adicional solicitamos el RUN para asegurarnos que el encuestado sea ciudadano chileno. Solicitamos un correo electrónico como mecanismo de comunicación con el usuario.

El RUN y correo electrónico en conjunto son utilizados como mecanismo de recuperación de la consulta cuando ésta ha sido abandonada a mitad de camino y posteriormente retomada.

Las respuestas a cada una de las preguntas son almacenadas en nuestros sistemas sin el RUN ni el correo electrónico del encuestado.

Una vez finalizado el proceso, Observatorio de Participación Ciudadana y No Discriminación podrá entregar las respuestas de esta consulta a un organismo o institución competente para el procesamiento y correspondiente análisis de resultados. Sin embargo, este organismo o institución no tendrá acceso a la información de correo electrónico o RUN del encuestado y estará regulado por los términos y condiciones de la Ley de Protección de Datos Personales de la República de Chile.

Este sitio web no hace uso de cookies de ningún tipo. Toda la información que transita por Internet desde el navegador del usuario hacia nuestros servidores y viceversa se realiza mediante canales de comunicación cifrados.

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Ni el Observatorio de Participación Ciudadana y No Discriminación ni ninguna otra unidad del Ministerio Secretaría General de Gobierno podrá distribuir, compartir o difundir la información recopilada en este proceso para otros fines que no sean para los que fue concebida.

Si bien la información recopilada en esta consulta es susceptible de ser requerida a través de una Solicitud de Acceso a Información Pública (Ley de Transparencia), quien tendrá la última palabra serán los Tribunales de Justicia respecto a la publicidad de estos contenidos.

Sobre esta segunda encuesta ciudadana

La definición y construcción de políticas públicas contra la discriminación, en sus diversas variantes, se debe realizar en base al conocimiento de las experiencias y opiniones de todos los ciudadanos en torno a esta temática.

En el año 2012, durante el primer gobierno del Presidente Sebastián Piñera, se promulga la Ley N°20.609 que establece medidas contra la discriminación. Esta tiene por objetivo "instaurar un mecanismo judicial que permita reestablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria" (Ley 20.609, Art. 1)

Esta segunda encuesta ciudadana, organizada por el Observatorio de Participación Ciudadana y No Discriminación del Ministerio Secretaría General de Gobierno, apunta a observar y analizar los avances de la población desde un punto de vista conceptual y de su conocimiento respecto de la Ley N°20.609, tomando como referencia la primera consulta ciudadana realizada en el año 2013.